La aparición de este contrato en los códigos contemporáneos es reciente. No estaba regulado en el derogado Código de Comercio Terrestre colombiano. Tampoco aparece tipificado en importantes legislaciones como la española o la mexicana, y no está contemplado en el Código de Comercio chileno, ni en el venezolano. El actual Código de Comercio lo regula con marcada influencia del Código italiano de 1942, al igual que recientes códigos civiles, como el peruano de 1984. El de suministro, como todos los contratos, encuentra su fuente en otras figuras contractuales que lo anteceden en el tiempo. El antiguo concepto romano de la locatio, involucra a su vez conocidos contratos como el de transporte (locatio eonduetio) y el de servicios (locatio operarum) y son el antecedente inmediato del de suministro de servicios. Jaime Alberto Arrubla Paucar